¿Por dónde empezar?

AutorMiguel Carbonell y Enrique Ochoa Reza

Durante la campaña electoral de 2006 diversos candidatos se comprometieron a reformar el sistema de justicia penal que tenemos en México para avanzar hacia un sistema de "juicios orales". Uno de ellos fue Felipe Calderón, pero no fue el único. Otros candidatos triunfantes que tenían este tema en su agenda ocupan hoy posiciones de liderazgo parlamentario al frente de sus propios partidos políticos. Ha llegado el tiempo de rescatar los consensos de la campaña y dejar atrás los elementos de polarización. El impulso, la discusión y aprobación de una reforma integral a favor de los juicios orales será un buen primer paso en ese sentido.

El foro de discusión natural para este tema es el Congreso de la Unión y el país merece que se celebre un debate de altura. Los elementos que consideramos fundamentales para esta discusión son los siguientes:

¿Por qué una reforma en materia de juicios orales?

Partamos de una certeza: el sistema penal mexicano está en completa bancarrota. Ninguno de sus principales actores puede estar satisfecho con su funcionamiento actual. Todas las estadísticas disponibles nos permiten concluir que el proceso penal mexicano hace agua por todos lados: a) no sirve para atrapar a los delincuentes más peligrosos; b) permite la existencia de un altísimo nivel de impunidad y corrupción; c) no asegura los derechos fundamentales ni de víctimas ni de acusados; d) no establece incentivos para una investigación profesional del delito; y e) es sumamente costoso si se toman en cuenta sus pobres resultados.

Los datos estadísticos que avalan las anteriores conclusiones son muy conocidos, pero quizá valga la pena recordarlos. Ochenta y cinco por ciento de las víctimas no acuden a denunciar los delitos; 99 por ciento de los delincuentes no terminan condenados; 92 por ciento de las audiencias en los procesos penales se desarrollan sin la presencia del juez; 80 por ciento de los mexicanos cree que se puede sobornar a los jueces; 60 por ciento de las órdenes de aprehensión no se cumplen; casi 50 por ciento de los presos no ha recibido una sentencia condenatoria.1 El 80 por ciento de los detenidos nunca habló con el juez que lo condenó.2 Por si esto fuera poco, el 71 por ciento de los detenidos en el Distrito Federal no tuvo asistencia de abogado mientras estuvo privado de su libertad ante el Ministerio Público; del 30 por ciento que sí tuvo asistencia de abogado, la gran mayoría (70 por ciento) no pudo hablar con él a solas. Ya ante el juez que conoció de la acusación en su contra, el 60 por ciento de los detenidos no fueron informados de que tenían derecho a no declarar. Durante su declaración preparatoria ante la autoridad judicial uno de cada cuatro detenidos no estuvo asistido de abogado.3

Estos datos deberían ser suficientes para hacer saltar todas las alarmas. De hecho, su existencia es en parte el resultado de años y años de posponer las reformas necesarias al proceso penal mexicano. En otras palabras, si estamos en una situación verdaderamente alarmante para todos, es debido a que las administraciones anteriores no hicieron lo que en campaña prometieron tanto Felipe Calderón como algunos líderes parlamentarios de hoy.

¿Qué son los juicios orales?

El término "juicios orales" es una forma breve de expresar un modelo de justicia penal que es muy diferente a lo que tenemos hoy en día en gran parte de México. La reforma pretende sustituir el modelo inquisitivo escrito que sigue arrojando lamentables cifras de ineficiencia, por un modelo oral adversarial que ha funcionado bien en países con cultura jurídica similar a la nuestra e incluso en regiones de nuestro propio país.

Esto se logra al introducir en nuestra Constitución lo que en otros países se conoce en parte como el "debido proceso legal". Dicho proceso consiste en asegurar para todas las partes que intervienen en un proceso penal que sus derechos se verán salvaguardados y que, en el caso de los acusados, solamente se verán afectados por órdenes judiciales y nunca por la actuación arbitraria de la policía o del órgano investigador de los delitos.

El sistema de juicios orales tiene como piedra angular la capacidad técnica del Estado para investigar delitos y obtener pruebas científicas que respalden un caso. Esta es una de las grandes debilidades corregibles del sistema actual. De ahí la necesidad de reorganizar el funcionamiento del Ministerio Público y la Policía de Investigación, y la relevancia de que el actual procurador general de la República sea un convencido promotor de la reforma de juicios orales. Sólo así, la investigación científica y profesional sustituirá a la intimidación y la corrupción.4

Asimismo, los juicios orales, allí donde se han implantado con éxito, han...

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