¿La mejor elección?

AutorLourdes Morales Canales

La política puede llegar a encender pasiones y el poder, al igual que el amor, puede llevar a la locura, pero ¿qué sucede cuando amor y poder se mezclan, cuando la esfera pública invade a la privada y viceversa?, ¿quiénes son los directamente afectados?

Aunque no en estos términos, este tema vuelve a discutirse tras la decisión del Consejo General del Instituto Federal Electoral de emplazar al Partido de la Revolución Democrática para modificar una parte de sus estatutos. Se trata de la limitación a los cónyuges, concubinos, parientes consanguíneos por afinidad en línea recta u horizontal, hasta segundo grado de los titulares en ejercicio de los cargos de elección para postular su candidatura.

El PRD tomó esta resolución tras su VIII Congreso Nacional. El partido, que atraviesa una de las más graves crisis en la historia de la transición democrática mexicana, realizó una serie de modificaciones a sus estatutos para mejorar las prácticas políticas y tratar de eliminar ambiciones personalistas. En palabras de Ifigenia Martínez, se trataba de evitar convertir al PRD "en un partido electorero".

Desde la perspectiva del IFE, sin embargo, dos principios básicos consagrados en la Carta Magna podrían contraponerse: el de la libertad y el de la equidad. La nueva disposición del PRD privilegia la equidad de condiciones para la competencia electoral en contra de la igualdad de derechos para votar y ser votado. Por ello, el consejero presidente Luis Carlos Ugalde declaró que sería "un error buscar un bien jurídico, como es la equidad, a costa de vulnerar otro bien jurídico de igual importancia, que es el de libertad" (Reforma, 8 de mayo del 2004).

Esto suena razonable, sin embargo, tres factores llevan a reflexionar sobre el impacto de esta decisión: la igualdad material, la cultura política existente y la necesaria rendición de cuentas.

En los sistemas democráticos, toda elección competitiva se apega a que el proceso sea libre y justo. Las elecciones deben ser competitivas; es decir, que el sufragio se ejerza libremente y entre opciones reales, y las condiciones deben ser equitativas entre todos los competidores. En este último rubro se incluye el acceso a los recursos y a los medios de comunicación. ¿La decisión del IFE realmente respeta estos principios y garantiza la igualdad de condiciones en la competencia electoral? Algunos casos pueden llevar a reflexionar de otra manera.

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