Empresa/ ¿Salud?

AutorAlberto Barranco Chavarría

La manzana de la discordia en le anteproyecto para el Reglamento de Control Sanitario de la Publicidad.

Más al detalle, los focos rojos se ubican en dos líneas cuya implantación consideran catastrófica Televisa y TV Azteca: la prohibición de que las camisetas de los equipos de futbol de primera segunda o tercera división ostenten logotipos de marcas de cerveza, y la de transmitir comerciales a favor de éstas antes de las 10 de la noche.

La carambola alcanza más de tres bandas.

En este último caso, por ejemplo, se cancela la posibilidad y con ella una larga tradición, de que el grupo Modelo o Femsa -fabricante, como sabe usted, de las líneas que abarcan las Cervecerías Moctezuma y Cuauhtémoc-, patrocinen los grandes eventos deportivos empezando, naturalmente por los propios partidos de futbol, y continuando con las peleas de box...

Desde otro ángulo, además, la posibilidad de ubicar las pautas en el horario triple A en que se manejan los promocionales de bebidas alcohólicas de alta graduación, le pega paradójicamente tanto a televisoras como a cerveceras, dado que a las primeras les cierra la llave para vender combinaciones, y a las segundas les encarece la presencia.

Ahora que como recordará usted, los principales equipos de futbol de la primera división, pertenecen ya a Televisa de Emilio Azcárraga Jean, como a TVAzteca de Ricardo Salinas Pliego, lo que rebota sobre ellos la cancelación de la publicidad vía camisetas... modalidad de la que México, por cierto, se había convertido en pionero.

El eje de la guerra se ubica en un solo renglón del ordenamiento puesto en la mesa por el presidente Ernesto Zedillo: la fracción tercera del artículo 32, que a la letra señala: "El patrocinio que realicen las empresas productoras o distribuidoras de los productos a que se refiere este título (Publicidad de bebidas alcohólicas y tabaco), se considerará publicidad de bebidas alcohólicas o tabaco, según sea el caso, y sólo se autorizará cuando, además de cumplir con las disposiciones generales previstas en la Ley y el presente reglamento, no incurra en alguno de los siguientes supuestos:...

...Se relacione al producto con el deportista, artista o evento a patrocinar".

Así de simple. Así de fácil.

El veto alcanza también la opción de presentar imágenes de personas en eventos deportivos, culturales o artísticos consumiendo real o aparentemente el producto; se denomine al evento patrocinado con la marca de una bebida alcohólica o tabaco, independientemente...

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